Derechos de autor y propiedad intelectual

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La concepción de los derechos de autor y su alcance cambia mucho entre los países seguidores de la tradición jurídica del Common Law y los países de Derecho Continental.

A pesar de ello, la existencia de Tratados Internacionales sobre la materia ratificados por un amplísimo número de Estados ha ayudado a homogeneizar un poco más esta cuestión, algo particularmente marcado en el caso de la UE, en donde hay que considerar también la presencia de normativa comunitaria.

Una distinción fundamental en materia de propiedad intelectual es la separación entre la esfera de los derechos morales y los derechos de contenido patrimonial.

Los derechos morales tratan de proteger aquellos aspectos que se otorgan al autor por el mero hecho de serlo y que lo vinculan de una manera directa e intelectual con la obra creada. Estos derechos se centran fundamentalmente en el reconocimiento de la autoría, la posibilidad de hacer modificaciones en la obra, de decidir o no su divulgación, de exigir su reconocimiento e integridad con prohibición de alteraciones no consentidas, retirar la obra del comercio o acceder al ejemplar de su obra en poder de terceros. Este conjunto de derechos es irrenunciable e inalienable, por lo que pertenecerán al autor en todo momento y no cabe pacto en contrario. En algunos supuestos, incluso, estos derechos pasan a los herederos del autor una vez fallecido.

Por su parte, los derechos de carácter patrimonial se centran en actos de disposición con los que sacar provecho económico a las obras, y se concretan en la posibilidad de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que, si bien pueden ser cedidos a terceros, requieren un consentimiento previo del autor.

El tratamiento legislativo de la Propiedad Intelectual es una materia compleja y extensa. A su propia regulación se suma el hecho de que las obras creadas, además de ser objeto de derechos de autor, son también objeto de otros derechos patrimoniales, como la propiedad del comprador sobre el bien u otros derechos derivados, de modo que el entramado normativo tiende a complicarse, y el número de personas que ostentan derechos sobre una misma pieza es variable.

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En esta materia son importantes los siguientes puntos:


Alcance del derecho del autor sobre su propia obra que es propiedad de un comprador

Modos de indemnización y alcance cuando el autor ejerce alguno de sus derechos morales que pueden perjudicar al actual propietario de la obra

¿Qué puede y qué no puede hacer el propietario sobre la obra comprada?

¿Cómo se gestionan los derechos de imagen de las obras adquiridas por un tercero?

¿Y si el uso de la imagen es por persona distinta del propietario?

En el caso de obras en las que la protección de los derechos de autor ya se ha extinguido, ¿puede el propietario actual explotarlas económicamente?

¿Existe algún tipo de responsabilidad para el propietario si no se respetan estos derechos?